Ratificada condena contra la exgobernadora Cielo González Villa
La Corte Suprema de Justicia ratificó la condena contra Cielo González Villa, exgobernadora del Huila, por el delito de interés indebido en la celebración de contratos. La exfuncionaria fue acusada de beneficiar a la Fábrica de Licores de Antioquia (FLA) al otorgarle contratos para la producción, distribución y venta del Aguardiente Doble Anís en el departamento.
El alto tribunal revisó la sentencia dictada por la Sala de Primera Instancia de la Corte, que había encontrado a González Villa culpable no solo de interés indebido en la celebración de contratos, sino también de falsedad ideológica en documento público. No obstante, la Corte determinó que el cargo por falsedad había prescrito, anulando esa parte de la condena.
Según el expediente, en octubre de 2011, el gobierno del Huila convocó una licitación pública para adjudicar el contrato de producción y comercialización del aguardiente. Sin embargo, tras la elección de González Villa como gobernadora en 2012, el proceso fue suspendido y se recurrió a la contratación directa, firmando tres contratos interadministrativos con la FLA.
La Corte rechazó los argumentos de la exgobernadora, quien alegó desconocimiento de los principios de la contratación estatal. Los magistrados concluyeron que las decisiones de González Villa fueron deliberadas y favorecieron a la FLA al otorgarles estos contratos de manera que limitaba la participación de otras licoreras. Se destacó que no se trató de un único contrato, sino de tres, y que los estudios previos, las invitaciones a cotizar y los términos de las convocatorias fueron diseñados para favorecer a la FLA.
A pesar de que la contratación se hizo con una empresa estatal, la Corte subrayó que el favorecimiento de una entidad pública a través de un proceso viciado equivale a beneficiar a un particular, afectando la competencia y la equidad entre las licoreras.
Finalmente, la Corte modificó la pena impuesta a la exgobernadora. Cielo González Villa fue condenada a 74 meses de prisión, una multa equivalente a 218 salarios mínimos mensuales legales vigentes en 2012 y una inhabilitación para ejercer funciones públicas por 83.7 meses.