Por orden de la Corte, el Aguardiente se podrá vender libremente en toda Colombia
La Corte Constitucional de Colombia ha tomado una decisión histórica al declarar inconstitucional la facultad de los gobernadores para restringir la comercialización de aguardiente de otras regiones en sus territorios. Con esta medida, se eliminan las barreras que impedían la libre circulación de estas bebidas entre departamentos, modificando significativamente el modelo de monopolio licorero que ha existido en el país.
Esta decisión surge a partir de la revisión del artículo 28 de la Ley 1816 de 2016, el cual permitía a los gobiernos departamentales suspender permisos de introducción de aguardientes con el objetivo de proteger la producción local. Sin embargo, la Corte consideró que esta norma vulneraba el principio de libre competencia y el derecho de los consumidores a elegir entre distintas marcas sin restricciones geográficas.
Con este cambio, el mercado de licores en Colombia se abre a una mayor competencia, permitiendo que cada ciudadano pueda acceder libremente a aguardientes producidos en cualquier región del país. Esta transformación impulsará la diversificación de la oferta y fomentará la competitividad entre los fabricantes, lo que podría traducirse en una mejora en la calidad del producto y en una posible reducción de precios.